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CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL

Entró en vigor la resolución que prohíbe plásticos de un solo uso en parques CAR

A partir del pasado 8 de septiembre no se permite el ingreso de elementos como pitillos; mezcladores; bolsas y botellas plásticas; vasos, platos y cubiertos desechables y elementos de icopor. Terminó la fase pedagógica y quienes incumplan la medida se verán expuestos a sanciones.

La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) informó que desde el 8 de septiembre de 2021 entró en vigor la resolución que prohíbe el ingreso de plásticos de un solo uso a sus parques ecoturísticos.

A partir de esa fecha, los visitantes, colaboradores y proveedores de los parques Embalse del Neusa, Embalse El Hato, Río Neusa, Puente Sopó, laguna del Cacique Guatavita y Juan Pablo II (este último ubicado en el municipio de Chiquinquirá) no podrán ingresar o hacer uso de productos como mezcladores y pitillos, bolsas y botellas plásticas, vasos, platos y cubiertos desechables y cualquier elemento elaborado en icopor, con excepción de plásticos con propósitos médicos por razones de asepsia e higiene.

La medida, anunciada en junio de este año, estaba en fase de pedagogía ciudadana y busca mitigar el impacto que este tipo de residuos ocasiona en los ecosistemas y su fauna y flora.

“Cada año más de 1.600 kilogramos de plásticos se producen en los parques de la Corporación, razón por la cual la CAR tomó por esta medida”, dijo Andrea Real, directora operativa de parques.

La funcionaria explicó cómo se aplicará la medida, en qué momento se sancionarán a las personas que la incumplan y cuáles serán las amonestaciones.

“Al usuario infractor se le hará un llamado de atención a manera de invitación a no utilizar plásticos. Si en una nueva visita a cualquiera de los parques, se comprueba que ha sido reiterado este llamado y que el turista continúa pasando por alto la medida podrá verse sometido a la imposición de las sanciones establecidas en la Ley 1333 de 2009 o en las normas que la deroguen, modifiquen o sustituyan” puntualizó.

El incumplimiento de la ley generará el decomiso de material y la imposición de medidas preventivas, cautelares o sancionatorias que pueden terminar en imputación con acciones penales, compensatorias y económicas, así como el cierre del establecimiento para el caso de los restaurantes que operan en algunos de los parques

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